
Las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de la economía cooperativa y para fomentar, promover y divulgar las cooperativas, han sido publicadas este 16 de marzo al Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya. También se ha publicado la Resolución por la cual se abre la convocatoria para el año 2010 para presentar las correspondientes solicitudes.
Se establecen las siguientes líneas de ayuda:
- Línea 1: subvenciones para la incorporación de socios o socias trabajadores/as o socios o socias de trabajo en cooperativas y sociedades laborales
- Línea 2: subvenciones a los proyectos empresariales de cooperativas y sociedades laborales de nueva creación
- Línea 3: subvenciones a los proyectos empresariales de fortalecimiento y intercooperación destinadas a cooperativas y sociedades laborales
- Línea 4: subvenciones a las entidades representativas de la economía cooperativa
- Línea 5: subvenciones para la promoción, difusión e investigación de la economía cooperativa.
El ámbito temporal de las actuaciones que pueden acceder a las subvenciones es el siguiente:
- Línea 1: desde el 7 de mayo de 2009 a 16 de marzo de 2010
- Líneas 2 y 3: desde la 1 de enero de 2010 a 31 de octubre de 2010. Con respecto a las empresas constituidas con posterioridad al 7 de mayo de 2009, podrán presentar los gastos desde la fecha de su constitución.
- Líneas 4 y 5: desde el 1 de enero de 2010 al 31 de octubre de 2010.
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el día 15 de abril de 2010.
La solicitud sólo se puede hacer mediante presentación telemática, por lo cual será imprescindible disponer de certificado de firma electrónica. Junto con la solicitud se habrán de presentar también todos los documentos que la Orden establece vía telemática, puesto que no se podrá cursar ningún documento en soporte papel.
Es importante que en el momento de tramitar la solicitud se aporte toda la documentación obligatoria, puesto que la Dirección General no empieza a hacer las valoraciones de los expedientes hasta que no disponga de toda la documentación completada.
OrdenTRE/142/2010, de 8 de març
Más información: Departament de Treball